El Nacimiento se establece como el comienzo de la vida humana contado desde el parto, como ¨la existencia legal de toda persona principia al nacer¨, según el Código Civil de la República de Nicaragua, en su Capítulo II –De la existencia de las personas naturales, artículos 5, 19, 20; aclarando que, “desde la concepción en el seno materno, comienza la existencia natural de las personas”, protegiéndole, de sus derechos legales.
Inscripción
En el Registro Civil Municipal del lugar de residencia del interesado cuando sea mayor de edad, o el lugar de residencia de quien ostente la Autoridad Parental, en caso de ser menor de edad; o en el Registro Civil del municipio donde se omitió el nacimiento original.
Requisitos
☑️ Constancia de Nacimiento emitida por el MINSA.
☑️ Cédula de identidad del padre y madre.
☑️ Si no comparece el padre, deberá presentar el Certificado de Matrimonio.
☑️ En los casos de padres extranjeros, presentar pasaporte o cualquier documento que lo identifique.
☑️ Cuando no lo inscriben los padres, la persona deberá presentar su cédula de identidad.
Nota
En caso de que los padres sean menores de edad, deberán hacerse acompañar por uno de sus padres, o por quien ostente la Autoridad Parental.